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La Coctelera

tecnifuego-aespi

4 Marzo 2011

PROTECCION CONTRA INCENDIOS EN MUSEOS

 OBRAS DE ARTE A SALVO DEL FUEGO

 TECNIFUEGO-AESPI (Asociación Española de Sociedades de Protección contra Incendios)

 Proteger del fuego las obras de arte es uno de los retos de la seguridad contra incendios. Compatibilizar la eficacia y la protección: salvar sin dañar. Para ello desde hace años, las empresas de seguridad contra incendios, dedican un tanto por ciento elevado a I+D+i con la finalidad de desarrollar productos y soluciones de gran eficacia para la seguridad contra incendios en museos y salas de arte.

 El primer requisito es cumplir, en materia de seguridad contra incendios, los preceptos que marca el Código Técnico de la Edificación (CTE). En esta reglamentación se  establecen las condiciones que deben reunir los edificios y los sistemas y equipos que hay que instalar obligatoriamente para proteger contra los incendios a los visitantes y a las obras de arte expuestas y almacenadas. 

Algunas de  las medidas de protección pasiva contra incendios,  se refieren a las condiciones de compartimentación, evacuación y señalización para "garantizar el confinamiento y control de incendios y facilitar la evacuación". El CTE realiza una definición de los requisitos de comportamiento al fuego de los elementos constructivos y materiales, para garantizar la estabilidad y resistencia del edificio. Se determina la estabilidad ante el fuego exigible a la estructura portante del edificio, la resistencia  exigible a los elementos constructivos, etc. Además, hay que tener en cuenta las exigencias del RD 312/2005 y del  RD 110/2008 Clasificación de resistencia y reacción al fuego de los sistemas y productos de la construcción, y las nuevas normas UNE EN de los diferentes productos y sistemas.

Los museos y salas de arte se consideran, según el CTE, edificios de Uso de Pública Concurrencia. En el caso de almacenamiento, laboratorios, talleres, archivos, garaje,  etc. se consideran zonas de riesgo especial y mantienen unas condiciones exigibles superiores, que quedan recogidas igualmente en esta Norma.

PROTECCIÓN PASIVA

Las exigencias básicas para la protección pasiva de un edificio contempladas en el CTE son: Exigencia básica SI 1: Propagación interior, sobre división en sectores de incendio y sus características de Resistencia y Reacción al Fuego. Exigencia básica SI 2: Propagación exterior, que  implica poner medios para evitar la propagación del fuego tanto por fachada como por cubierta. Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes, es decir, medios de evacuación y control de humos. Y exigencia básica SI 6: Resistencia estructural al incendio, que recoge que la estructura será diseñada de forma adecuada y bien protegida con los medios adecuados.

Para cumplir estas exigencias, se facilitan unos documentos: Documento SI 1, que hace mención de sistemas compartimentadores, sistemas de sellado de paso de huecos, conductos de ventilación, etc. Documento SI 2, con mención a las franjas resistentes al fuego. Documento SI 3, con las características de los pasillos y escaleras de evacuación, así como de los medios de control de humos. Y Documento SI 6, donde se trata todo lo relacionado con la protección estructural, tanto si es metálica como de otros materiales, y que se complemente en los Anejos.

Como se ha señalado anteriormente, son exigibles también una serie de requisitos en reacción y resistencia al fuego de los materiales, las denominadas "Euroclases", cuya actualización se hizo a través del R.D. 110/2008, que informa de las diversas "Decisiones" publicadas por la Comisión Europea.

CAMBIOS INTRODUCIDOS EN EL CTE

Hay que tener en cuenta también que con fecha 27 de diciembre de 2010 se añadieron al CTE una serie de "Criterios para la interpretación y aplicación del Documento Básico del Código Técnico de la Edificación. DB SI - Seguridad en caso de incendio". Se trata de una recopilación de consultas dirigidas a la Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda y cuyas respuestas se han integrado al texto legal.

Un cambio importante es el mantenimiento de las puertas cortafuego,  que desde el pasado 27 de diciembre: "Las operaciones de mantenimiento a las que se deben someter las puertas instaladas en cumplimiento del CTE DB SI y la periodicidad de las mismas, deben ser las que determinen los fabricantes en las hojas de instrucciones y mantenimiento de los productos suministrados y, como mínimo, las que se indican a continuación".

REACCIÓN Y DE RESISTENCIA ANTE EL FUEGO

Otra novedad en el CTE son las comprobaciones y acreditaciones documentales necesarias para justificar la puesta en obra de un producto de construcción, en cuanto a sus características de comportamiento ante el fuego, son las siguientes:

1  Como cuestión previa debe comprobarse si el producto debe tener marcado CE, ya que si así fuera y careciera del mismo debería ser rechazado. El listado de los productos obligados a tener marcado CE ha sido publicado en la web de la Comisión Europea y en la web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (MITyC).

2  Productos con marcado CE

    Se deberá verificar que la clase de resistencia o de reacción al fuego que consta en el etiquetado o en la documentación de acompañamiento del marcado CE cumple con lo requerido en la reglamentación y en el proyecto.

    En la dirección web del MITyC antes citada puede accederse a la versión más reciente del documento "Marcado CE, ¿Cómo se comprueba?" de gran utilidad por su información y recomendaciones prácticas acerca de cómo se debe verificar la documentación relativa al marcado CE.

3  Productos sin marcado CE o con marcado CE en el que no conste la característica requerida: En este caso, la comprobación de las propiedades de comportamiento ante el fuego debe hacerse a través de la acreditación documental que acompañe al producto, por diversas vías (consultar en la web del  CTE).

 

PROTECCIÓN ACTIVA

 

En cuanto a los equipos y sistemas de protección activa exigidos por el CTE,  están los equipamientos generales, que se deben cumplir según especifica la siguiente Tabla 1 del CTE:

Tabla 1

En general

 

   Extintores portátiles

Uno de eficacia 21A -113B:

-  Cada 15 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación.

-  En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1 de este DB.

   Bocas de incendio

En zonas de riesgo especial alto, conforme al capítulo 2 de la Sección SI1, en las que el riesgo se deba principalmente a materias combustibles sólidas

   Ascensor de emergencia

En las plantas cuya altura de evacuación exceda de 50 m.

   Hidrantes exteriores

Si la altura de evacuación descendente exceda de 28 m o si la ascendente excede 6 m, así como en establecimientos de densidad de ocupación mayor que 1 persona cada 5 m2 y cuya superficie construida está comprendida entre 2.000 y 10.000 m².

Al menos un hidrante hasta 10.000 m2 de superficie construida y uno más por cada 10.000 m2 adicionales o fracción.

   Instalación automática de extinción

Salvo otra indicación en relación con el uso, en todo edificio cuya altura de evacuación exceda de 80 m.

En cocinas en las que la potencia instalada exceda de 20 kW en uso Hospitalario o Residencial Público o de 50 kW en cualquier otro uso

En centros de transformación cuyos aparatos tengan aislamiento dieléctrico con punto de inflamación menor que 300 ºC y potencia instalada mayor que 1 000 kVA en cada aparato o mayor que 4 000 kVA en el conjunto de los aparatos. Si el centro está integrado en un edificio de uso Pública Concurrencia y tiene acceso desde el interior del edificio, dichas potencias son 630 kVA y 2 520 kVA respectivamente.

 

 

Además, para los espacios de Pública concurrencia, el CTE señala los siguientes equipos de la Tabla 2:

 

Tabla 2

Pública concurrencia

   Bocas de incendio

 

Si la superficie construida excede de 500 m2.

   Columna seca

Si la altura de evacuación excede de 24 m.

   Sistema de alarma

Si la ocupación excede de 500 personas. El sistema debe ser apto para emitir mensajes por megafonía.

   Sistema de detección de incendio  

Si la superficie construida excede de 1000 m2.

   Hidrantes exteriores

En cines, teatros, museos, auditorios y discotecas con superficie construida comprendida entre 500 y 10.000 m²

2  Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendios

  • 1 Los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se deben señalizar mediante señales definidas en la norma UNE 23033-1 cuyo tamaño sea:

a)  210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m;

b)  420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m;

c)   594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m.

  • 2 Las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal. Cuando sean fotoluminiscentes, sus características de emisión luminosa debe cumplir lo establecido en la norma UNE 23035-4:1999.

MANTENIMIENTO PARA GARANTIZAR LA EFICACIA

 El edificio seguro y protegido debe ser mantenido adecuadamente para garantizar así su vigencia permanente en condiciones de uso. Para realizar un correcto mantenimiento, hay que cumplir las exigencias del Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI) y del CTE, como se ha señalado más arriba en este artículo, que recientemente ha incluido en su texto cómo realizar el mantenimiento de puertas y cerramientos contra incendios. 

Finalmente, conviene consultar con el fabricante (o en su caso instalador o mantenedor) la fecha de caducidad o vida útil de los equipos y sistemas. Ya que tras este periodo, deben sustituirse todos los sistemas contra incendio de la instalación por equipos nuevos, para conservar la operatividad, fiabilidad  y eficacia.

 

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